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Conciliaciones virtuales desde el Celular

Centro Nacional de Conciliación

Encuentre aquí toda la información para darle fin a sus conflictos en temas de tránsito y transporte de manera amigable y pacifica.

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MECANISMOS DE INFORMACIÓN AL USUARIO

+ ¿QUÉ ES LA CONCILIACIÓN?

La Conciliación es una forma alternativa de buscar solución a los conflictos, en la cual, las personas buscan por sí mismas la solución de sus diferencias con la ayuda de un tercero neutral y capacitado llamado Conciliador.

+BENEFICIOS DE LA CONCILIACIÓN

  • A través de la Conciliación se pueden prevenir o terminar litigios, obviando trámites, costos y formalismos propios de un proceso judicial.
  • El Acta de Conciliación y el acuerdo conciliatorio que suscriben las partes y el conciliador es de obligatorio cumplimiento, hace tránsito a cosa juzgada y presta mérito a ejecutivo.
  • El trámite no requiere de formalismos especiales.
  • La Conciliación es confidencial y lo que en ella se ventile no incidirá en el proceso posterior si las partes no llegan a un acuerdo.

+ DERECHOS DE LOS FUNCIONARIOS

  • A recibir un trato respetuoso de los usuarios y demás funcionarios del Centro.
  • Conocer el reglamento interno del Centro y el manual de funciones, para cumplir correctamente con las actividades encomendadas.
  • A que le sean suministrados los elementos necesarios para la realización de sus funciones.

+ DEBERES DE LOS FUNCIONARIOS DEL CENTRO

    Las personas que hacen parte del Centro, tendrán los siguientes deberes:
  • Cumplir con las obligaciones de propias de su cargo, contempladas en el manual de funciones.
  • Acoger el Reglamento Interno y demás disposiciones que el Centro disponga.
  • Realizar las actividades encomendadas de manera diligente en los términos y tiempos estipulados.
  • Mantener en buen estado, orden y funcionamiento el mobiliario y los equipos asignados.
  • Tratar con respeto a los funcionarios y a los usuarios del Centro.
  • Brindar a los usuarios la información necesaria, clara y oportuna que esté a su alcance y que les permita conocer con claridad lo relacionado con los trámites conciliatorios en los que se vean involucrados.

+ DERECHOS DE LOS USUARIOS

  • A conocer mis deberes y derechos como usuario.
  • A recibir una atención clara, amable y oportuna.
  • A ser atendido oportunamente.
  • A la privacidad y al manejo adecuado de los datos personales.
  • A ser escuchado y obtener respuesta oportuna a mis quejas, reclamos, sugerencias y reconocimientos relacionados con el proceso de atención. El usuario cuenta con mecanismos que le posibiliten reportar quejas o sugerencias para mejoras del servicio.

+ DEBERES DE LOS USUARIOS

  • Tratar con amabilidad, dignidad y respeto a los funcionarios y a los demás usuarios del Centro de Conciliación.
  • Usar de manera correcta las instalaciones del Centro.
  • Respeto por los usuarios y funcionarios del Centro de Conciliación.
  • Suministrar los documentos requeridos para el trámite de la conciliación.
  • Tratar con respeto al personal que integra el Centro de Conciliación.
  • Conocer y acatar las normas y procedimientos que regulan la prestación del servicio del Centro de Conciliación.

PROCEDIMIENTO CONCILIATORIO

+ SOLICITUD DE AUDIENCIA DE CONCILIACIÓN

Los interesados en adelantar una conciliación extrajudicial en derecho, pueden presentar la solicitud de audiencia con los documentos requeridos, asignándose conciliador, fecha y hora de audiencia:
Presentada la solicitud de conciliación, el conciliador dispondrá de Un (1) día hábil para estudiar la admisión o inadmisión de la misma. Para este fin, el Centro dará aplicación a lo contemplado en el artículo 24 del reglamento interno, asignando provisionalmente fecha y hora para la audiencia.

+CONSTANCIA DE ASUNTO NO CONCILIABLE

Si el conciliador determina que el asunto no es conciliable deberá expedir la constancia de Asunto no Conciliable, dentro de los diez (10) días calendario siguientes, donde se especificarán las razones de derecho que motiven que el conflicto no es conciliable. En este caso el conciliador explicará los argumentos legales que hacen que el conflicto o petición a conciliar un conflicto no sea susceptible de conciliación.

+ FALTA DE COMPETENCIA

En las solicitudes donde el Conciliador no es competente, pero el conflicto si es conciliable ante otro operador, se debe informar a los solicitantes, dentro de los (10) días calendario siguientes, que legalmente no se es competente para atenderlo, e indicar quiénes lo pueden hacer.
Si en la solicitud de conciliación se indican conflictos que se pueden conciliar y otros que no se pueden conciliar, el conciliador deberá expedir la constancia de asunto no conciliable, en relación con los conflictos que no lo sean, y con los que sí es posible, proceder a citar a las partes a la audiencia de conciliación.

+ ACEPTACIÓN DE LA SOLICITUD

Si la solicitud es procedente porque el asunto es conciliable y se es competente, se procede a fijar fecha y hora para la audiencia y el conciliador citará a las partes que a su criterio deban asistir.

+ CONSTANCIA DE INASISTENCIA

Llegada la fecha y hora señalada para la realización de la audiencia de conciliación, si las partes o una de ellas no se hicieran presentes, el conciliador deberá expedir al cuarto día hábil la constancia de Inasistencia, atendiendo los requisitos que establece la ley 640 de 2001 para tal efecto, y se otorga a las partes citadas en debida forma a la audiencia, un plazo de tres (3) días hábiles para presentar justificación por su inasistencia.

+ INSTALACIÓN DE AUDIENCIA

Si el conciliador determina que es posible realizar la audiencia al estar presentes las partes hará las presentaciones de rigor y procederá a instalar la audiencia. El conciliador tiene el deber de ilustrar a las partes del proceso de conciliación con énfasis en las ventajas que presenta y las consecuencias legales del acuerdo y de no llegar al mismo, así como también establecer las reglas claras y precisas que se van a tener en cuenta durante la audiencia, de conformidad con la ley. Luego permite a las partes determinar con claridad los hechos referentes y las pretensiones de cada una de ellas. Se podrá suspender o aplazar la audiencia de conciliación para complementar información, buscar asesoría, etc.

+ ACTA DE CONCILIACIÓN

Terminada la etapa de negociación, si hay acuerdo, el abogado conciliador procederá a levantar el acta de conciliación, advirtiendo a las partes que la fórmula de arreglo obedece al mutuo consentimiento manifestado y aceptado libremente entre ellos, y resaltará la importancia y responsabilidad de sus obligaciones. Luego de verificar y aprobar la fórmula de arreglo hará mención del artículo 66 de la ley 446 de 1998, en el cual el acuerdo de conciliación hace tránsito a cosa juzgada y el acta presta mérito ejecutivo.

+ CONSTANCIA DE NO ACUERDO

En el evento en que las partes no llegaren a ningún acuerdo, el conciliador expedirá una Constancia de No Acuerdo o constancia de Imposibilidad de Acuerdo.

+ ARCHIVO DE LA DOCUMENTACIÓN

Una vez terminado el procedimiento conciliatorio, todos los documentos que hacen parte de él, se archivarán, asegurando la correcta guarda y custodia de los mismos, conforme lo establece la normatividad vigente.

+ SEGUIMIENTO DE ACUERDOS Y SERVICIO

A través de encuestas telefónicas se comprobará si los acuerdos realizados por el conciliador se han cumplido y lo cual permite identificar las posibles debilidades, para corregirlas y las fortalezas para potencializarlas.

CONCILIADORES BOGOTÁ

+

ALVARO YESID ROBLES

SALA 1

Conciliador especialista en derechos humanos con diplomado en seguros y conciliador en insolvencia de persona natura no comerciante

11 años de experiencia

+

ROSALBA GUATAQUIRA PINTO

SALA 2

Abogado egresado de la universidad libre de Colombia, diplomada en conciliación y pedagogía

Conciliadora desde 2002, con experiencia en conciliación en temas de tránsito y transporte desde 2012

+

LINA MÚNERA

SALA 3

Egresada de la facultad de derecho de la universidad santiago de cali de la ciudad de cali(valle del cauca), especialista en derecho de familia de la misma universidad, con diplomado en métodos alternativos en solución de conflictos

Mi experiencia en el campo del derecho corresponde a más de 18 años

+

DINO ALESSANDRO BARRERA

SALA 4

Profesional en derecho, egresado de la universidad libre de Colombia, sede Bogotá centro, especialista en derecho comercial de la universidad externado de Colombia, sede Bogotá, con diplomado en conciliación en derecho de la universidad libre y abogado litigante en el área civil comercial

16 años de experiencia

+

LUZ HELENA ERAZO ANDRADE

SALA 5

Abogada egresada de la universidad católica de Colombia, diplomados: conciliador del centro nacional de conciliación del transporte, conciliador y arbitro de la universidad católica de Colombia, seguros generales de la universidad colpatria-fenalco, curso estrategias para la orientación de procesos de formación de ambientes virtuales en aprendizaje del Sena. Especialista en seguros generales, responsabilidad civil y accidentes de tránsito y transporte

18 años de experiencia

+

FRAN ALEXANDER DIAZ MONGUI

Profesional en derecho egresado de la libre de Colombia, conciliador en derecho, conciliador en insolvencia, conciliador en acuerdos de apoyo, especialista en derecho comercial, candidato a magíster en derecho y los negocios, defensoría del consumidor financiero, docente universitario por más de 9 años

14 años de experiencia

+

LILY YOHANA ROMERO ESCOBAR

Profesional en derecho egresada de la universidad autónoma de Colombia, especialista en derecho procesal, abogada conciliadora con formación en métodos alternativos de solución de conflictos y énfasis en responsabilidad civil contractual y extracontractual, tránsito y transporte

12 años de experiencia

CONCILIADORES CALI

+

JENNY LUISA TARAPUES NOGUERA

SALA 1

Abogada egresada de la universidad Santiago de Cali, especialista en derecho laboral de la universidad libre seccional Cali, conciliadora con formación en mecanismos alternativos de solución de conflictos de la universidad Santiago de Cali

12 años de experiencia

+

JULIANA PEREZ AGUDELO

Abogada egresada de la universidad libre seccional Cali, especialista en derecho, daños y responsabilidad publica y privada de la universidad libre seccional Pereira, conciliadora en derecho con diplomado en conciliación extrajudicial de la universidad libre seccional Cali y estudiante actual de la especialización en derecho procesal penal y criminalística en la universidad San Buenaventura Cali.

7 años de experiencia

+

PAOLA ANDREA AREVALO URIBE

Abogada, egresada de la universidad libre, seccional cali, conciliadora, diplomados: conciliación extrajudicial en derecho, insolvencia, persona natural no comerciante-centro conciliación convivencia y paz, técnica en sistemas-sena

3 años de experiencia

CONCILIADORES MEDELLIN

+

NATALIA VILLAMIL

Abogada egresada de la universidad de la sabana, especialista en derecho de seguros de la universidad externado de Colombia, conciliadora en métodos alternativos de solución de conflictos con énfasis al derecho del consumidor de la universidad de Manizales

9 años de experiencia

+

ANGI CRUZ ALARCÓN

Egresada de la Carrera de Derecho de la Universidad Industrial de Santander, Año 2010.

Conciliadora en Derecho, Diplomado Cámara de Comercio de Bucaramanga año 2016.

Años de experiencia como asesora jurídica de empresas 13 años.

Años de experiencia como Conciliadora desde el año 2018 a la fecha, 6 años.

CONCILIADORES BARRANQUILLA

+

LUZ ELENA RANGEL CALDERÓN

Abogada egresada de la universidad cooperativa de Colombia, con especialización en derecho disciplinario y diplomado en métodos alternativos de solución de conflictos de la misma universidad

18 años de experiencia

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