Nuestros Servicios
Qué es la conciliación:
La Conciliación es un mecanismo creado por la ley para solucionar nuestras diferencias de una manera amigable, con la ayuda de un tercero neutral denominado conciliador, quien formalizará en un acta de conciliación que contiene los mismos efectos de una sentencia judicial el acuerdo logrado entre las partes.
Sin la necesidad de acudir ante un Juez, las partes podrán en nuestro Centro de Conciliación, convocar audiencia, en donde buscarán acordar las diferencias originadas de los siguientes temas de naturaleza conciliable:
Derecho de Seguros
- Pólizas de responsabilidad civil RCE, RCC, todo riesgo.
- Pólizas de vida.
- Pólizas de arrendamientos.
- Pólizas de cumplimiento.
- Pólizas de transporte aéreo, terrestre y fluvial.
Derecho Civil
- Inconvenientes entre vecinos.
- Responsabilidad civil extracontractual.
- Responsabilidad civil contractual.
- Contratos.
- Arrendamientos.
- Cartera o deudas.
- Entrega del tradente al adquirente.
Derecho de Familia
- Controversias sobre la custodia y el régimen de visitas a menores.
- Asuntos relacionados con las obligaciones alimentarias.
- Designación de apoyos.
- Declaración de la unión marital de hecho, su disolución y la liquidación de la sociedad patrimonial.
- Rescisión de la partición en las sucesiones y en las liquidaciones de sociedad conyugal o de sociedad patrimonial entre compañeros permanentes.
- Conflictos de las capitulaciones matrimoniales.
- Controversias entre cónyuges de la dirección conjunta del hogar y entre padres, respecto del ejercicio de la autoridad paterna o la patria potestad.
- Separación de bienes y de cuerpos.
Derecho Comercial
- Rendición de cuentas.
- Consumo.
- Garantías.
- Establecimientos de comercio.
- Propiedad horizontal.
- Títulos valores.
- Arrendamientos comerciales.